Sigan el hilo
Vamos con lo prometido.
TEMA AVAL.
Según la Ley del Deporte 10/1990 en su artículo 38, para presidir un club deportivo profesional, no Sociedad Anónima Deportiva, sus administradores (Junta Directiva) han de presentar un aval del 15% de su presupuesto como norma general.— Culé de Chamberí (@CuleDeChamberi) June 4, 2020